El Gobierno comienza la reconversión de planes sociales en empleo registrado

El Gobierno nacional oficializó los programas de formación, empleo e intermediación laboral, que posibilitarán la reconversión de planes sociales en empleo genuino.

[EHM]

El Gobierno nacional mediante el decreto 711/2021, publicado en el Boletín Oficial, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y los ministros de Trabajo, Claudio Moroni, y de Desarrollo Social, Juan Zabaleta oficializó la medida que permitirá la reconversión de los planes sociales en empleo genuino y registrado en el sector privado. 

Esta medida plasma en los hechos la idea del presidente de la Nación propalada en varios actos de campaña electoral donde sostuvo que “Nadie quiere más planes sociales” sino que la misión es “convertirlos en trabajo genuino”. 

En el mismo sentido, el presidente Alberto Fernández se había expresado a favor de la medida en el 57° Coloquio del Instituto para el Desarrollo Empresarial de la Argentina (IDEA), donde señaló que “si algo caracterizó al espacio político que hoy gobierna Argentina es la promoción de la inversión empresaria y la creación de empleo", para lo cual agregó "Con ese mismo espíritu actuamos hoy, y por eso estamos disponiendo a través de un decreto marco un sistema que posibilite que los que hoy son beneficiarios de planes puedan ser empleados en la actividad privada sin perder ese derecho". De allí, la necesidad de “impulsar el empleo registrado”.

"Cambiar planes por empleo debe ser nuestro primer objetivo. De ese modo estaremos combatiendo frontalmente a la pobreza que hoy ha sumido a millones de familias argentinas". 

También reseñó cuales eran las actividades económicas que habían avanzado en cumplir ese objetivo: “Primero fue en la ruralidad donde impulsamos que quienes tienen planes se conviertan en trabajadores rurales tan importantes a la hora de cosechar. Después avanzamos en la misma senda en la construcción. Y dimos otro paso en el mismo sentido con la actividad gastronómica y hotelera", resumió Fernández. 

Desde el Poder ejecutivo se busca transformar las prestaciones o los trabajos precarizados en “incentivos para la contratación”, bajo la forma de “empleo asalariado registrado en el sector privado”.

En sus considerandos el decreto del Ejecutivo indica que “para lograr que los programas mencionados se conviertan en una herramienta eficaz para incentivar el empleo asalariado registrado, es necesario contar con un marco general que permita posteriormente su adaptación a las condiciones y características de cada sector de la actividad”. 

A ese efecto, los Ministerios de Desarrollo Social y de Trabajo deberán efectuar “las modificaciones necesarias en sus programas de formación, empleo e intermediación laboral”, de asistencia a personas desempleadas o con trabajos precarizados en incentivos para su regularización en el sector privado. El principal objetivo perseguido por el Gobierno nacional es que los distintos programas de empleo, inclusión laboral y desarrollo socio-productivos destinados a personas desempleadas o con trabajos precarizados "se transformen en mecanismos que incentiven la incorporación de estos trabajadores al empleo asalariado registrado o a otros modos de desarrollo de actividad productiva ajustados a las formalidades tanto registrales como tributarias", según lo indica el decreto mencionado. 

Para alcanzar las metas perseguidas por la iniciativa se requerirán modificaciones en el Programa de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo local “Potenciar Trabajo” y del Programa de Inserción Laboral creado por el Ministerio de Trabajo. 

“La prestación se considerará parte integrante del salario respectivo en forma total o parcial”, en la forma, plazo y condiciones que se determinen para cada sector de actividad”, establece el decreto.

 Con respecto a la aplicación del programa por parte de los empleadores, éstos estarán sujetos a los siguientes requisitos: "Incremento neto de la nómina del personal de la empleadora o del empleador que adhiera, de acuerdo con el modo de medición que se establezca en cada sector y límites máximos de trabajadoras y trabajadores alcanzadas y alcanzados".

Las condiciones para la contratación bajo estos programas serán diseñados por los Ministerios de Desarrollo Social y de Trabajo. Así, “El valor de dicha prestación y su duración, las modalidades y plazos de contratación y el número máximo de trabajadoras y de trabajadores que puedan ser incorporadas e incorporados bajo estos programas serán fijados en forma conjunta por ambos Ministerios", y en los casos de pluriempleo, se establece que "deberán fijarse las reglas de distribución del incentivo entre los distintos empleadores y las distintas empleadoras".

El decreto estipula que el beneficiario mantendrá "el derecho al cobro de la prestación asistencial durante la vigencia del período de instrucción o se aplicará lo previsto en el artículo anterior cuando la práctica implique la incorporación a la planta de personal del empleador y/o de la empleadora", y en caso de cese señala que "producida la discontinuidad del contrato de trabajo, las personas beneficiarias tendrán la posibilidad de volver a percibir la asistencia que establece el Programa, si el número de cotizaciones al Sistema de Seguridad Social no supera los 12 meses, dentro de los 2 años anteriores al cese del contrato laboral", los trabajadores podrán optar entre la posibilidad de reingresar al programa de origen o acceder a la prestación por desempleo. 

La normativa se inscribe en el contexto pospandemia, en el que el Gobierno atenderá la demanda de reactivación económica buscando lograr “antes de fin de año recuperar todos los puestos de trabajo perdidos” en ese período de excepción que fue la etapa más severa de la pandemia del coronavirus y sus consecuencias socioeconómicas.


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