El Gobierno Nacional reglamentó la Ley 27.350 que establecía la Investigación Médica y Científica del uso medicinal de la planta de Cannabis y sus derivados mediante el Decreto 883/2020.
[EHM]
Entre las novedades que aporta la nueva reglamentación, está el autocultivo, la provisión gratuita del Estado a pacientes, la producción pública y privada por laboratorios del aceite y sus derivados. También establece el cultivoo solidario y el derecho de los pacientes a no ser criminalizados por su uso. La fundadora de la organización social “Mamá Cultiva” ponderó la decisión del Gobierno Nacional.
La Ley 27.350 “Investigación Médica y Científica del uso medicinal de la planta de Cannabis y sus derivados” ahora reglamentada por el Decreto 883/20, publicado ayer en el Boletín Oficial, que deroga el decreto 738/2017, dispone las siguientes mejoras a la reglamentación anterior, a saber:
a) El Estado es garante del autocultivo y permite el cultivo solidario, o bien a través de la utilización de especialidades medicinales, en aquellos casos en que exista indicación médica. Este era un reclamo de las organizaciones sociales, que ahora se vuelve realidad.
b) Facilitará la investigación sobre los usos terapéuticos de la planta.
c) Garantizará el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias, otorgándole al médico un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes.
d) Se dispondrán medidas para suministrar en forma gratuita por parte del Estado derivados de la planta de cannabis para los pacientes que posean indicación médica con cobertura pública exclusiva. En caso contrario, la cobertura deberán brindarla las obras sociales y agentes del seguro de salud.
e) Los pacientes podrán acceder al autocultivo mediante la inscripción en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN). En dicho registro también deberán inscribirse familiares, terceras personas u organizaciones no gubernamentales que deseen realizar cultivo solidario de la planta.
f) La reglamentación persigue el objetivo de que de “manera progresiva” se amplíe “el acceso a un producto seguro y accesible a través de los laboratorios de producción pública y privada.”
g) Se reconoce el derecho de los pacientes a no ser criminalizados por el uso del cannabis medicinal, destacando “es absolutamente relevante para una importante cantidad de personas que atraviesan una situación de necesidad que demanda un Estado presente, rector, que los reconozca y no los penalice.”
h) Se crea el Programa nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, el cual funcionara en la órbita del Ministerio de Salud de la Nación. Este programa propenderá la capacitación de los equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil sobre cannabis medicinal y “la atención integral de las personas a las cuales se les indique como modalidad terapéutica, medicinal o paliativa del dolor, el uso de la planta de cannabis y sus derivados.”
La Presidenta de “Mamá Cultiva”, Valeria Salech, señaló
“El gobierno entendió que el cambio se viene dando de abajo para arriba porque la reglamentación tiene una mirada regional, además también prioriza la producción pública.”
Por otro lado la fundadora de la organización que lucha por la legalización de la planta para fines de salud, agregó
“Es la reglamentación que esperábamos en marzo de 2017. No podemos mas que celebrar que en un contexto como éste el Gobierno Nacional haya escuchado el pedido de la sociedad y haya visto que la marihuana no solo no es un flagelo sino que puede ser una solución para muchos problemas socioeconómicos”.
Salud Pública no debe tener límites en sus gastos. El límite lo ha de dar la necesidad de curar a todos los enfermos que el país tiene.” Juan Domingo Perón


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