CAOS Y CONTROL – LA AFI DE MACRI (VII)

El juez Villena fue apartado de la causa sobre espionaje ilegal macrista por la Cámara Federal de La Plata. La causa pasará a manos de juez Juan Pablo Augé del Juzgado Federal N° 2 de Lomas de Zamora. Las defensas de los imputados se alistan para presentar pedidos de nulidad sobre todo lo actuado por el juez recusado, y planteos de incompetencia territorial, para que la causa tramite en Comodoro Py con mejor suerte para los acusados.


La Sala I de la Cámara Federal de La Plata hizo lugar a los pedidos de recusación al juez Villena, presentados por las defensas de los espías Facundo Melo, Leandro Araque y Jorge Horacio Saez, en la causa donde se investiga el espionaje ilegal perpetrado contra Cristina y otras personalidades. La misma pasará a tramitar en el Juzgado Federal Criminal y Correccional N° 2 de Lomas de Zamora a cargo del juez Juan Pablo Augé. La estrategia defensista en los pedidos de recusación de los tres espías, hizo hincapié en la necesidad del apartamiento del juez Villena argumentando que, el mismo juez había tenido intervención en un primer expediente, en el que se evaluaban alertas de seguridad de la propia AFI en el contexto de la Cumbre del G20, la XI Organización Mundial de Comercio y los Juegos Olímpicos de la Juventud. Allí se había advertido desde la AFI macrista sobre posibles atentados contra la ex Presidenta Cristina, Diego Santilli y Waldo Wolff, entre otros. A los ahora querellantes en la causa de espionaje ilegal, ni siquiera se les comunicó que pudieran ser blanco de algún atentado. Los espías hicieron los seguimientos que supuestamente les había ordenado el juez Villena y elaboraron los respectivos informes. La otra causa traída para fundamentar la recusación del Juez Villena, fue la referida a la intervención de los teléfonos públicos del penal de Ezeiza. Se trató de un pedido especial de la ex ministra de seguridad Patricia Bullrich, cuando se investigaba al narco Mario Segovia y a una organización que producía explosivos. El juez Villena habría entregado los audios de esta intervención telefónica a la “Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado del Poder Judicial de la Nación” o “Dajudeco” para su destrucción, sin embargo, subrepticiamente, algunas escuchas se filtraron a la prensa, y se las conoció como “Operación Puff”. Por otra parte, el espionaje al Instituto Patria lo habría pedido Juan Sebastián De Stéfano, del área de Jurídicos de la AFI macrista, vinculado al núcleo de Daniel Angelici y amigo de Macri. Las respectivas defensas de los imputados en su pedido de recusación sostuvieron que el juez Villena, una vez enterado de la existencia de nuevos delitos develados por el narco “Verdura” Rodriguez, debió excusarse y mandar a sortear la causa nuevamente, si no lo hizo, argumentan, obró de manera parcial. En un fallo de 28 fojas el camarista Roberto Lemos Arias, atendió los fundamentos de la recusación planteada por los abogados defensores de los tres espías, en ese sentido, el camarista sostuvo que “Después de analizar los argumentos expuestos por las partes recusantes y las razones invocadas por el juez recusado, considero que las circunstancias objetivas que surgen de los expedientes reseñados precedentemente permiten tener por fundado el temor de parcialidad invocado por las defensas de los imputados Araque, Melo y Sáez” Para luego agregar que “…se advierte que los hechos que se investigan guardan relación con las medidas que fueron adoptadas por el juez Villena en el marco de las causas…” relacionadas en el marco de la convocatoria al G20 y las intervenciones telefónicas al Complejo Penitenciario Federal N° 1 de Ezeiza entre marzo de 2017 y -al menos- febrero de 2019. En su resolución el camarista Lemos Arias afirma que “El juez Federico Villena, como instructor de las causas referidas, era el encargado de controlar y evaluar la legitimidad y el alcance de las medidas ordenadas, por lo cual se encuentra justificado el temor de parcialidad alegado por los recusantes y el pedido de que no quede a cargo de la investigación de las actividades ilícitas derivadas -en parte- de las medidas que él mismo dispuso.” El referido camarista señala que el propio juez Villena en la causa sobre el Instituto Patria, en la que también se investigan tareas de espionaje ilegal “…decidió excusarse de la causa por sostener que se encontraba en una situación de “violencia moral” por haber intervenido y adoptado medidas de prueba en la causa…”. En dicha causa, la interventora de la AFI, Cristina Caamaño, planteó que había existido un intento de “legalizar el espionaje” incorporando un informe de la AFI al juzgado de Villena “sin que haya surgido una alerta, amenaza o riesgo que ameritase la intervención a la vida privada” de la ex presidenta Cristina sin su consentimiento. En ese expediente el juez Villena aparece en calidad de testigo. El juez de Cámara Lemos Arias no juzga el papel del juez Villena en relación con la cuestión de fondo de la causa, pero señala que posee un interés derivado de decisiones suyas en el marco del proceso, “No se halla en la posición de imparcialidad necesaria para seguir al frente de la investigación y para decidir sobre los hechos que son objeto de la pesquisa”, afirmó el camarista.  Con este fallo, la causa pasa al Juzgado Federal del juez Juan Pablo Augé, quien hace unas semanas ordenó la detención del ex director de operaciones especiales de la AFI, Alan Ruiz, por el espionaje ilegal al Instituto Patria. Este es señalado como supuesto cabecilla de la banda que mandó a detener el juez Villena. A pesar de todas las observaciones realizadas a lo largo de su fallo, el camarista no anuló todo lo actuado por el juez Villena, dejando la causa en manos del juez Augé y la Fiscalía Federal, integrada por los fiscales Cecilia Incardona y Santiago Eyherarbide. Antes de que se dispusiera el apartamiento del juez Villena, éste había tomado declaración indagatoria a la ex coordinadora de Documentación Presidencial, Susana Martinengo, hasta casi las dos de la madrugada de ayer, y se disponía a tomar declaración indagatoria a los detenidos Javier Bustos, Dominique Lasaigues y Alan Ruiz.  Resulta lógico esperar que este fallo de Cámara produzca una andanada de pedidos de nulidad de todas las defensas contra todo lo actuado por el juez Villena, como así también, pedidos de los imputados para que la causa tramite en Comodoro Py, con el argumento de que los hechos sucedieron en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Si así fuera, la eventual declaración de incompetencia que se dictare, no invalidará todo lo actuado, pero el resultado de la causa sería incierto. Es deseable esperar que los acusados no se salgan con la suya, que el juez Augé pueda cumplir su cometido sin ningún tipo de presiones, y se haga finalmente “JUSTICIA” en la causa, porque esto fortalecerá a la Democracia y frustrará las aspiraciones de los inmorales que siempre han buscado impunidad siguiendo los consejos del viejo Vizcacha del Martin Fierro:
“Hacete amigo del juez,
no le des de que quejarse
Y cuando quiera enojarse
vos te debés encoger,pues
siempre es güeno tener
palenque ande ir a rascarse.”
*Abogado UM.

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