El Fiscal Federal Marijuán imputó a Juan José Aranguren, al ex presidente del Enargas, Ezequiel Roitman y a ex directores del organismo por presunto “incumplimiento de los deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con la función pública”.

El fiscal federal Guillermo Marijuán imputó a Juan José Aranguren, ex ministro de Energía y Minera del gobierno de Cambiemos, junto al ex presidente del ENARGAS; Daniel Alberto Perrone, Carlos Alberto María Casares, Griselda Lambertini y Diego Fernando Guichón, ex directores del organismo; Marcos Pourteau, ex subsecretario de recursos Hidrocarburíferos del Ministerio de Energía y Marcela Paula Valdez, ex gerenta de Legales del ENARGAS. El actual interventor del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), Federico Bernal, había denunciado a fines de junio al ex ministro de Energía Juan José Aranguren por presunto "incumplimiento de los deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con la función pública" en relación con los contratos que fijaron el precio del gas en 2018. El interventor Bernal enfatizó que la denuncia contra los funcionarios “… Se vincula con una decisión de asegurarle a las productoras precios en dólares, en una escala ascendente a partir de 2018, fijados por el Poder Ejecutivo. Eso en los hechos implicó la dolarización del precio de la energía”. Lo correcto hubiera sido, ante la finalización de la Ley de Emergencia Económica y la plena vigencia de la Ley 24.076 (Ley del Gas), volver a desregular el precio del gas en 2018, permitiendo la libre negociación entre empresas productoras y distribuidoras, pero tal cosa no ocurrió. De allí, que el actual interventor del ENARGAS señalara que: “Aranguren violó el marco regulatorio en favor de las empresas en vez de que esos precios surjan de una negociación como debería haber ocurrido en el marco de la ley del Gas“.
La Ruta del Dinero “M”
Como parte de aquel engranaje, el Ente (des) regulador de la gestión Cambiemos, avaló y efectuó el traslado de los precios a las tarifas en abril de 2018, en total connivencia con las empresas prestatarias. Por su parte, en octubre de 2018, Javier Iguacel, titular de la ex Secretaría de Energía, mediante resolución 20/2018, autorizó a las empresas distribuidoras de gas a cobrar a los usuarios un importe extra, que significaba un ajuste del 35 % promedio, en 24 cuotas, para compensar el impacto devaluatorio, con vigencia a partir del 1 de enero 2019. Esta medida mereció el repudio generalizado y la presentación de distintas denuncias penales en contra del funcionario, hechos que motivaron que fuera dejada sin efecto por el gobierno macrista. Para salvar la situación ante sus amigos empresarios, y sin mediar mucho análisis, Macri decidió que el costo de aquel acuerdo ruinoso para los usuarios fuera absorbido por el Estado Nacional. Esta nueva medida producía un perjuicio económico global de 561 millones de dólares, de los cuales 393 millones impactaban de lleno en el fisco, mientras que 168 millones de dólares, era el que le iba a ocasionar a los usuarios del servicio público de gas por redes. El actual interventor del Enargas, Federico Bernal, con tono de indignación evidente, señaló lo siguiente:
Con la mega devaluación de 2018, Macri no tuvo mejor idea que cargarle por DNU (1053) (1) al Estado la deuda, unos 400 millones de dólares, que ese salto en el tipo de cambio generó entre las distribuidoras y las productoras de energía. Esa estatización de deuda, es el perjuicio que decimos que existe para la Nación. Luego tenemos un perjuicio a los usuarios y usuarias del servicio público, de aproximadamente 165 millones de dólares por el salto injustificado del precio del gas, a comienzos del mismo año.
El DNU Macrista que nació muerto
Finalmente el Senado, con la decisión e impronta de Cristina, rechazó el decreto (DNU) 1053 que Macri había firmado en noviembre de 2018, con el objeto de modificar partidas presupuestarias, el cual contempla una compensación de 392 millones de dólares con destino a las distribuidoras de gas por la mega devaluación de aquel año hasta el 31 de marzo del año siguiente. Queda pendiente la suerte de este DNU en la votación que se realizará en la Cámara de Diputados, y en caso de ratificar la media sanción del Senado, obligará a las prestatarias a transferir lo cobrado en exceso en las facturas. Recordemos que el DNU 1053 comenzó a regir el 16 de noviembre de 2018, pero un año mas tarde se determinó el monto a pagar por las compensaciones de las devaluaciones de la moneda. El DNU establecía que sería el Estado Nacional el que asumiría “…el pago de las diferencias diarias acumuladas mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1 de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio.” El pasado 14 de noviembre de 2019, a días de que Macri terminara su mandato, el ENARGAS emitió la resolución 735, que determinó que el Estado Nacional debía abonar la friolera de $ 24.524 millones a las prestadoras por las Diferencias Diarias Acumuladas (DDA) mensualmente entre el valor del gas comprado y el incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1 de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019. Se estima que con ratificación de la media sanción del Senado al rechazo del DNU 1053, el Estado Nacional podría evitar erogar esas sumas y destinarlas en el marco de la pandemia a recuperar la alicaída economía.
Por ello consideramos que es el momento oportuno de volver a las fuentes, terminar de una vez y para siempre con los negocios espurios en la concesión de los servicios públicos, mecanismo por el cual una elite privilegiada sigue expoliando y fugando ingentes recursos de nuestra Patria. Como Justicialistas no necesitamos más argumentos que esgrimir, solo poner en valor esa verdadera “Revolución Jurídica” que encarnó el plexo normativo de la Constitución de la Nación Argentina de 1949, vilmente derogada por una proclama del gobierno de facto de 1955, que en su famoso artículo 40 establecía:
…Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedades imprescriptibles e inalienable de la Nación, con la correspondiente participación en su producto, que se convendrá con las provincias. Los servicios públicos pertenecen originariamente al Estado, y bajo ningún concepto podrán ser enajenados o concedidos para su explotación. Los que se hallaren en poder de particulares serán transferidos al Estado, mediante compra o expropiación con indemnización previa, cuando una ley nacional lo determine…
Supo sentenciar el Gral Perón “Mi único heredero es el Pueblo”, de allí la responsabilidad que nos cabe, cumplir con honor con su inmanente y eterno legado.
*Abogado UM.
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